En dependencias de la Gobernación de Cachapoal, la Gobernadora Mirenchu Beitía, junto con el Seremi de Salud O´Higgins (s), Manuel Elizondo y el Seremi del Deporte, Julio Hernández, dieron a conocer la resolución exenta sobre Alerta Sanitaria por MP 2,5 en el sector urbano de Rancagua y Machalí.

Elizondo explicó que “hace 5 días que ya está publicada en la diario oficial la resolución que nos da el sustento administrativo y jurídico para declarar alerta sanitaria, siempre y cuando se sobrepase la norma permitida por MP 2,5 en premergencia y emergencia ambiental. Una de las principales medidas van enfocadas en la prohibición de uso de artefactos a leña residenciales, exceptuando los certificados, durante todo el día”.

“En el caso de las fuentes fijas industriales y panaderías que usen como combustible leña u otro dendroenergético sólido, desde las 17:00 horas hasta las 23:59 horas. Cuando existan emergencias por MP 2,5 se prohíben las clases de educación física y actividades deportivas masivas que sobrepasen las 100 personas en recintos cerrados o al aire libre. Para el caso de las preemergencias por 2,5, a diferencia del año pasado, se prohibirán las actividades al aire libre, pero entre las 17:00 y las 23:59”.

A su vez, la Gobernadora de Cachapoal, comentó que “es relevante el trabajo intersectorial, donde tanto las instituciones de Gobierno como el rubro de los panaderos han desarrollado una gran labor, lo que apunta a mejorar el ambiente y por supuesto la salud de las personas”.

Por su parte, Alberto Sepúlveda, Director de la Asociación de Industrias Panificadoras (Indupan) de la Región de O´Higgins, expresó que “nosotros entendemos la problemática de la contaminación, por lo mismo vamos a colaborar con la medida, donde a diferencia del año pasado, reducimos una hora más que nuestros hornos estén apagados. El año pasado desde las 18:00 hrs no prendíamos los hornos, para este año desde las 17:00 hrs”.

Por otro lado, el Seremi del Deporte, Julio Hernández, indicó que “esperamos que las personas tomen conciencia sobre el uso de los artefactos a leña, ya que queremos que las personas tengan siempre instancias para poder hacer actividad física, con ambientes libres de contaminación”.

Al finalizar, el Jefe del Departamento de Acción Sanitaria, Víctor Peña, dijo que “para este año tendremos un vehículo adicional, con el objetivo de poder tener mayor cobertura en la fiscalización, donde también dispondremos de un celular +569 89036974, donde la ciudadanía podrá hacer sus denuncias las 24 horas del día”.

¿Qué es el MP 2,5?  

Su tamaño hace que sean 100% respirables ya que viajan profundamente en los pulmones, penetrando en el aparato respiratorio y depositándose en los alvéolos pulmonares, incluso pueden llegar al torrente sanguíneo. Además, estas partículas de menor tamaño están compuestas por elementos que son más tóxicos (como metales pesados y compuestos orgánicos) que los que componen, en general, las partículas más grandes.

Todo ello hace que la evidencia científica esté revelando que estas partículas MP 2,5 tienen efectos más severos sobre la salud que las más grandes, MP 10. Asimismo, su tamaño hace que sean más ligeras y por eso, generalmente, permanecen por más tiempo en el aire. Ello no sólo prolonga sus efectos, sino que facilita su transporte por el viento a grandes distancias.

Diferencias entre la fiscalización por PDA y Alerta Sanitaria

Se fiscaliza lo mismo que en Alerta Ambiental del PDA, la diferencia es que cuando es una Alerta Sanitaria se declara cuando existe Preemergencia o Emergencia por MP 2,5 y se concentra el trabajo en las comunas: Rancagua, Machalí. Además, que las actas sumariales que se levantan son resueltas por la Autoridad Sanitaria, pudiéndose amonestar o aplicar una multa entre 0,1 UTM a 1.000 UTM.