Solo faltan algunos días para que se realice el Plebiscito 2022 que busca decidir si se aprueba o rechaza la propuesta de Nueva Constitución.

A continuación te dejamos una guía con los principales tips que debes saber.

¿CUÁNDO ES EL PLEBISCITO CONSTITUCIONAL?

El 4 de septiembre de 2022

¿QUÉ SE VOTA EL 4 DE SEPTIEMBRE?

Los chilenos y chilenas votaremos por Aprobar o Rechazar una nueva Constitución.

En la cédula electoral encontrarás 2 opciones: Apruebo y Rechazo

ASÍ DEBES VOTAR:

Marca solo una opción con lápiz pasta azul, haciendo una línea vertical sobre la horizontal.

Dobla tu voto de izquierda a derecha y luego de abajo hacia arriba. Dobla la pestaña que dice «Plebiscito 2022» y ciérralo con el sticker del Servel.

Entrega a los vocales de mesa el talón numerado.

Introduce el voto en la urna ¡Y LISTO!


¿ES OBLIGACIÓN VOTAR?

Si, el voto es obligatorio. Esto se debe a que la ley 21.200 modificó el capítulo XV de la Constitución Política de la República de Chile, estableciendo la obligatoriedad para este Plebiscito.

¿HAY MULTAS POR NO VOTAR?

Quienes no participen se arriesgan a que el juzgado de policía local los sancione con una multa que puede alcanzar hasta las 3 UTM ($180.000 aproximadamente)

¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE EXCUSARSE CON ANTERIORIDAD POR NO VOTAR?

No es posible realizar ninguna excusa ante el Servel, tanto en sus oficinas centrales como en sus Direcciones Regionales. Solo una vez que el elector que no votó sea citado por el juez de Policía Local de la comuna donde tiene domicilio electoral, deberá presentar la documentación que acredite por qué no sufragó.

Si el día de la votación estarás a más de 200km de tu local de votación, puedes dejar una constancia con anterioridad en Carabineros, la cual debes presentar cuando seas citado por el Juzgado de Policía Local.

¿DÓNDE VOTO?

Todas las mesas serán nuevas y los locales de votación pueden haber cambiado debido a la implementación de la Ley N°21.385, que modificó la forma de asignar los electores a los locales de votación para permitir acercarlos a su domicilio electoral. , por lo que debes consultar tu lugar de sufragio en www.consulta.servel.cl .

¿CUÁL ES EL HORARIO PARA VOTAR?

Todas las Mesas Receptoras de Sufragios, funcionarán desde las 08:00 a las 18:00 horas.

¿QUÉ DEBO LLEVAR PARA VOTAR?

Sólo se puede votar con la cédula de identidad o pasaporte, y debido a la pandemia será obligatorio asistir con mascarilla (sin propaganda electoral) y portar un lápiz pasta azul.

¿PUEDO VOTAR CON EL CARNET VENCIDO?

Sí, se aceptan cédulas de identidad o pasaportes que se encuentren vencidos a contar del 1° de octubre de 2019.

¿PUEDO VOTAR CON EL COMPROBANTE DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD EN TRÁMITE?

No.  Los únicos documentos que acreditan la identidad del elector son la cédula de identidad y el pasaporte

¿QUÉ HAGO SI PERDÍ MI CÉDULA DE IDENTIDAD?

No podrá sufragar, a menos que tenga pasaporte.

¿EN CASO DE QUE NO ASISTA A SUFRAGAR CÓMO ME JUSTIFICO Y ANTE QUÉ ORGANISMO?

Cuando sea citado por el Juez de Policía Local, podrá acompañar antecedentes o comprobantes que acrediten la causa por la que no pudo sufragar, entre ellos certificados médicos, pasajes, pasaporte constancias etc.. Este proceso se llevará a cabo después de realizado el Plebiscito Constitucional.

VOCALES DE MESA

Cumplir la labor de vocal de mesa es obligatorio y recibirán un pago de aproximadamente 22 mil pesos.

Las Mesas Receptoras de Sufragios se constituirán por los vocales de mesa el sábado 3 de septiembre a las 15:00 horas, en sus locales designados.

Si el sábado 3, por motivos de trabajo u otros, no puedo asistir a la constitución de la Mesa Receptora de Sufragios, pero el domingo 4 de septiembre asisto a desempeñarme como vocal, ¿igual se me denuncia ante el Juez?

Según consigna la web del Servel, es obligación del Vocal de Mesa asistir a la constitución de Mesa. Si no concurre, y se presenta el domingo 4 de septiembre a las 08:00 horas en su Mesa, puede de todas maneras cumplir su función, quedando a criterio de la Junta Electoral determinar si efectúa la denuncia por no haber asistido al acto de constitución.

MULTAS POR NO ASISTIR

Las personas designadas como vocales o miembros de Colegios Escrutadores, que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de $119.190 – y $476.760.- (artículo 151 de la Ley Nº 18.700).

TRABAJADORES

Los trabajadores de cualquier sector económico que deban trabajar el domingo 4 de septiembre contarán con un permiso de dos horas para concurrir a sufragar. Dicho permiso legal no podrá ser descontado de las remuneraciones del trabajador.

Los trabajadores designados vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral sus empleadores estarán obligados a otorgar los permisos y a no realizar descuentos.

Para denuncias se habilitará un banner en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl

LEY SECA

Las botillerías y establecimientos que expendan alcohol, sea para su consumo en el local o fuera de él, deben estar cerrados desde las 05:00 horas del domingo 4 de septiembre y hasta dos horas después del cierre de las votaciones, a las 21:00hrs. apróx..

Los supermercados que funcionen el 4 de septiembre, deberán cerrar los pasillos y góndolas en que se expendan bebidas alcohólicas.

REUNIONES O CELEBRACIONES

¿SE PUEDEN REALIZAR REUNIONES O CELEBRACIONES PRIVADAS, TALES COMO MATRIMONIOS, SEMINARIOS Y OTROS EVENTOS, DURANTE EL DÍA DEL PLEBISCITO?

Sí, sólo están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter electoral, entre las cero horas del segundo día anterior al Plebiscito; es decir, entre las 00:00 hrs. del viernes 02 de septiembre y las cuatro horas siguientes de haberse cerrado la votación en las Mesas Receptoras de Sufragios.

Sin perjuicio de aquello, en caso de realizar alguna actividad de carácter privado, se recomienda dar aviso a Carabineros de la situación para que estén en conocimiento.

COMERCIO

El 4 de septiembre es feriado obligatorio e irrenunciable para trabajadores del comercio, específicamente para quienes trabajen en malls, strip centers u otros centros comerciales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.

Quedan exceptuados de la norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros o farmacias de urgencia.

SUPERMERCADOS

¿PODRÁN ABRIR LOS SUPERMERCADOS DURANTE EL DÍA DEL PLEBISCITO?

Si. Durante el día del Plebiscito, los supermercados podrán funcionar normalmente, pero permanecerán cerrados los pasillos y góndolas en que se expendan bebidas alcohólicas; sea para su consumo en el local o fuera de él y hasta dos horas después del cierre de las votaciones.

Más información del Plebiscito 2022 en www.servel.cl o www.plebiscitoconstitucional.servel.cl/